La documentación que se necesita, más difícil de conseguir son :
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
- Certificado de nacimiento del país de origen.
Estos documentos, sino fueran en español, debería ser traducido por traductor jurado, y apostillado o legalizado en su caso. Además, normalmente, tiene un plazo de caducidad de 3 meses, salvo que el documento dijese lo contrario, que se puede alargar a 6 meses.
El resto de documentos, son fáciles de conseguir, salvo si hubiese un matrimonio celebrado en el extranjero, que igualmente, el documento, debería ser traducido el español, por traductor jurado, y apostillado o legalizado.
El resto de documentos, salvo el pasaporte, son fáciles de conseguir en España. Voy a hacer una enumeraión rápida .
- NIE
- Nombre y apellidos
- Estado civil
- Localidad, país y fecha de nacimiento
- Nombre del padre y de la madre
- Jurar que no se tiene la capacidad judicialmente modificada, que no pertenece a las fuerzas armadas, que tiene otra nacionalidad diferente de la principal, ni tiene otros nombres.
- Si acepta o no recibir la notificación del expediente de nacionalidad, por vía telemática, a través de representante
- Aceptar comprobación automática de empadronamiento, Registro Central de penados, y de la residencia en España
- Poder voluntario del representante, si lo hubiere
- Tarjeta de residencia
- Empadronamiento
- Domicilio en España. Teléfono e E-mail.
- Tipo de nacionalidad a la que se opta. Normalmente residencia, y observar el plazo, según supuesto, 1 año matrimonio, 2 años países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes, y 10 años el resto de residentes.
- Documento e aptitud de cultura CCSE y Dele A2, en el caso de que la lengua de su país de origen, no sea el español.
- Datos del representante, si lo hubiere
- Pago de la tasa. Justificante
Y esto sería todo