El Gobierno reactivó la posibilidad de que todos los sefardíes, descendientes de los judíos que fueron expulsados de España en 1492, pudiesen adquirir la nacionalidad española de forma automática, vivan donde vivan y siempre que acrediten su condición, ya sea por apellidos, idioma, descendencia o vinculación con la cultura y costumbres españolas.
Casi ocho años después de que la ley de nacionalidad española para los judíos sefardíes fuese aprobada por las Cortes, miembros de esta comunidad en todo el mundo (desde Nueva York hasta Zimbabue) han recibido la ciudadanía española de orígen.
«Todo el proceso me llevó un año y medio, pero justo acabo de recibir la nacionalidad. Mi mujer es española y tenía ilusión por poder volver a lo que fueron las raíces de mi familia», explicó un judío sefardí nacido en Tánger (Marruecos) y residente en Nueva York
El neoyorquino, es uno de los en torno a 10.000 judíos sefardíes que desde que la ley entró en vigor en octubre de 2015 han conseguido la nacionalidad española o están en proceso para ello, según las cifras más recientes del Ministerio de Justicia.
Esta medida, concebida como una «reparación histórica» del decreto de expulsión de los judíos promulgado por los Reyes Católicos en 1492, permite a aquellas personas de origen sefardí que puedan acreditarlo (mediante documentación e investigaciones genealógicas), obtener la nacionalidad española si también demuestran conocimientos de lengua castellana y la realidad sociocultural española.
Desde el Instituto Cervantes, organismo que se encarga de elaborar los exámenes, indicaron que un «elevadísimo» número de quienes se presentan reciben la calificación de «apto», en unas pruebas en que se les pregunta, por ejemplo, cuántos senadores eligen las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o quién escribió La Casa de Bernarda Alba.
El tiempo, sólo dirá, si esta medida fue afortunada, pero miremos cuales fueron los requisitos exigidos en su día, y las razones últimas del estado español, para aprobarlas.