¿ Qué tipo de notificación del expediente de nacionalidad escoger ?

Cuando se cumplimenta el expediente de solicitud de nacionalidad, en el primer apartado, el que genera y crea la solicitud del expediente de nacionalidad, en uno de los apartados de la solicitud, pregunta :

Desea que se notifique la solicitud de nacionalidad:

  • En el domicilio del interesado
  • Al representante  ( en caso de que halla )

  • ¿ Acepta usted la notificación por medios telemáticos ?

En este caso, a no ser que el interesado, esté acostumbrado a trabajar, con certificado digital, y la carpeta ciudadana del Ministerio del interior, que en la práctica, son una minoría, lo más aconsejable es que lo reciba el representante por medios telemáticos.

De no hacerlo, el interesado, se verá en el engorro de, a pesar de tener una confirmación de nacionalidad, y en mucho de los casos, enviada, no podrá descargársela, por no tener certificado digital, ni estar habituado a trabajar con la carpeta ciudadana.

Si la recibe el representante, con certificado digital, y por medios telemáticos, este, se la descargará en su ordenador, y la enviará por correo electrónico a su cliente, el cual podrá seguir los trámites ulteriores en el Registro Civil.

Si pongamos por caso, a su representante, le pasase cualquier eventualidad, el cliente, una vez comprobado el otorgamiento de la nacionalidad en la aplicación Como va lo mío, y haber llamado al servicio de atención al cliente del Ministerio de Justicia, podrá dirigirse al Registro Civil que le corresponda por lugar de residencia, y allí, previa identificación, le darán una copia de la resolución favorable de su expediente de nacionalidad. Así de sencillo.

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