La gestación subrogada

El jueves 21 de febrero, salió una nueva instrucción, sobre la gestación subrogada, https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/21/pdfs/BOE-A-2019-2367.pdf, en el que se establece, que hasta una regulación a nivel internacional de esta materia, en el cual, respecto estos menores, establece.

» Las solicitudes de inscripción en el Registro Civil consular de la filiación de menores nacidos con posterioridad a la publicación de esta Instrucción, no serán estimadas salvo que exista una sentencia de las autoridades judiciales del país correspondiente que sea firme y dotada de exequatur… «

Se establece, que el menor, podrá disponer de los permisos y pasaporte de las autoridades locales, y que le permitirán viajar a España, y que, una vez aquí, » Una vez en España, a fin de asegurar que se cumplen todas las garantías con necesario el rigor probatorio, se deberá iniciar el correspondiente expediente para la inscripción de la filiación, con intervención del Ministerio Fiscal, o interponer las acciones judiciales de reclamación de dicha filiación «

Con lo cual, queda claro, una regulación, otra vez provisional, dura para los padres que optan a esta modalidad de paternidad.

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