El delito de rebelión

El delito de rebelión, del que son acusados, parte de los cargos públicos del “ procés “ perseguidos por la justicia española en la actualidad, dice lo siguiente :

Art. 472 ,CP que:

“Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:

  • Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
  • Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad.
  • Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
  • Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
  • Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
  • Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
  • Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno»

Está claro en mi opinión , que no ha existido en un alzamiento, público y violento, como mucho tumultuoso, y que sin embargo, si que reconoce el estado español, títulos nobiliarios provenientes de la época tardíofranquista y de la transición, como el Ducado de Franco, que recientemente se ha reconocido a la señora Maria del Carmen Martínez-Bordiu Franco, heredar de su madre, doña Carmen Franco Polo.

Parece al respecto, que el Estado español, no tiene ningún interés en depurar responsabilidades, y adecuarlo al tiempo actual. No se olvide, que este título, tiene su origen en un dictador colpista, que se alzó en armas, contra el estado de la época, en delito de rebelión , sedición, y genocidio. Parece ser que nadie esté interesado en abolir este título, y consagrarlo para la posteridad, y dedicarse a perseguir y encarcelar a los líderes del  “ procés “  de Catalunya, por semejantes delitos, a los que cometió el dictador. Un poco ridículo.

 

 

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