Miles de consumidores tienen sus hipotecas a interés variable sujetas a revisión con el IRPH: este índice complejo se calcula media de los índices hipotecarios de todas las entidades que actuaban en España, al que se sumaba un margen o diferencial.
Se considera que esta cláusula hipotecaria era un ejemplo más de abuso bancario, y hubo movilizaciones y apoyos a los afectados para solicitar la abusividad y nulidad de esa cláusula. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo sobre este índice de revisión afirmando que era una cláusula trasparente echaba por tierra cualquier reclamación judicial sobre IRPH.
Para el Tribunal Supremo, recurrir a un tipo de referencia oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad, por lo que esas hipotecas son válidas. Ha habido que esperar, al recurso al Tribunal Europea de Justicia Europeo, para que se pronuncie al respecto.
https://www.ocu.org/dinero/hipotecas/noticias/irph-tribunal-europeo